El Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública aprobado por Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, recoge entre sus fines esenciales la promoción y realización de estudios, publicaciones e investigaciones en materias relacionadas con la Administración Pública. La concesión de becas, ayudas y premios que fomenten y promuevan el estudio, la investigación, la formación y la difusión de experiencias innovadoras sobre las Administraciones Públicas e instituciones del Estado constituye, en consecuencia, una de las funciones y áreas prioritarias de actuación del INAP.
De esta manera, el INAP convoca anualmente, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, becas de formación e investigación dirigidas a titulados superiores universitarios. También, de acuerdo con el convenio de colaboración entre el INAP y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (Comisión Fulbright) convoca la beca INAP-Fulbright para la realización de estudios de postgrado de formación y perfeccionamiento profesional de funcionarios de carrera en los Estados Unidos de América.
Puede consultar el convenio, las bases reguladoras y la última convocatoria de estas becas en los respectivos enlaces de la sede electrónica del INAP (becas de formación y beca INAP-Fulbright), y de las anteriores convocatorias.
Asimismo, el INAP convoca becas para opositores de Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado adscritos al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. La finalidad de dichas subvenciones es impulsar la igualdad de condiciones removiendo los obstáculos que dificulten el acceso a estas carreras profesionales, en línea con lo establecido en el artículo 9.2 de la Constitución.
Puede consultar las bases reguladoras y la convocatoria en los enlaces de la página de la sede electrónica dedicada a estas becas (becas para opositores).
Información sobre protección de datos
De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos, Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, los datos personales proporcionados por los usuarios al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) serán utilizados exclusivamente para la instrucción del procedimiento de concesión de las becas de formación e investigación del INAP.
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