Organigrama del INAP
Con la entrada en vigor del Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, se aprobó el vigente Estatuto del INAP.
Modificado posteriormente por el Real Decreto 769/2017 de 28 de julio y el Real Decreto 466/2026, de 10 de junio, de adaptación de organismos públicos existentes en el ámbito estatal a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la actual configuración y funciones del instituto son las que se indican a continuación.
Los órganos de gobierno del Instituto Nacional de Administración Pública son la Presidencia y el Consejo Rector.
El órgano ejecutivo del organismo autónomo es la Dirección.
La persona titular de la Dirección del INAP está asistida por una Unidad de Apoyo.
De la Dirección del instituto dependen los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:
- La Gerencia.
- La Subdirección de Aprendizaje.
- La Subdirección de Formación y Selección Locales.
- La Subdirección de Selección.
Asimismo, dependen de la Dirección del instituto, además de la mencionada Unidad de Apoyo, las siguientes unidades con el nivel que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo:
- El Centro de Estudios y Gestión del Conocimiento.
- El Centro de Cooperación Internacional.
Adscrita al INAP se encuentra la Comisión Permanente de Selección.
Además, el INAP actuará en coordinación con la Dirección General de la Función Pública en el desarrollo de las competencias concurrentes en materia de selección y formación del personal empleado público.