Los funcionarios en prácticas podrán optar por mantener las retribuciones correspondientes al anterior puesto que estuvieran desempeñando en la administración hasta el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas, además de los trienios que tuvieran reconocidos.
Dichas retribuciones irán a cargo del Departamento ministerial u organismo público al que estén adscritos los puestos de trabajo de origen. Por tanto, deberá exponer su situación a la unidad de personal del anterior.