Es preciso indicar que la Ley 20/2021, como la propia convocatoria de los procesos selectivos establecen, no una obligación, sino una posibilidad respecto a la creación de bolsas de interinos procedentes de los procesos de estabilización.
Sin embargo, tal previsión no ha sido, por el momento, llevada a efecto, habiendo por el contrario únicamente realizado con respecto a los procesos selectivos ordinarios.
No puede olvidarse que la razón última de los procesos de estabilización es la reducción de la temporalidad en el empleo público, para lo cual el instrumento elegido es precisamente la convocatoria para la cobertura de puestos que deben ser objeto de estabilización.