Sí, siempre que cumpla con los requisitos que se determinen en el proceso selectivo y siempre que vuelva a participar en el mismo, en la convocatoria inmediata siguiente. Esta deberá ser análoga en el contenido del temario y la forma de calificación, salvo actualización normativa:
- Procesos con ejercicio único: en el proceso anterior se deberá superar el ejercicio único y no superar el proceso selectivo.
- Procesos con dos ejercicios: para guardar la nota del primer ejercicio se deberá superar (en ingreso libre será necesario superar un 50 % de la calificación máxima).
Si cumple lo anterior y además supera el segundo ejercicio, aunque no el proceso selectivo, podrá guardar ambas calificaciones. - Cupo reservado a personas con discapacidad: se deberá superar el ejercicio a reservar con una nota superior al 50 % de la calificación máxima.
Otras preguntas frecuentes
- ¿Puedo presentarme a algún ejercicio objeto de reserva de nota?
- ¿Qué debo hacer para guardar las calificaciones en los términos anteriores?
- ¿Qué se entiende por calificación / calificación máxima?
- He sido excluido del proceso selectivo, ¿puedo conservar la calificación de la fase oposición?
- ¿Se puede conservar la calificación de toda la fase oposición en promoción interna?