La prolongación máxima hasta los 70 años se refiere exclusivamente al Cuerpo para el que fue autorizada, aunque el funcionario pertenezca a varios Cuerpos. Es decir, no se aplica al Cuerpo al que quiera acceder.
La prolongación máxima hasta los 70 años se refiere exclusivamente al Cuerpo para el que fue autorizada, aunque el funcionario pertenezca a varios Cuerpos. Es decir, no se aplica al Cuerpo al que quiera acceder.