Las personas que presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario de solicitud (casilla 23), las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

Para que la Comisión Permanente de Selección pueda valorar la procedencia de la adaptación solicitada, deberá adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento.

La adaptación de tiempo se concede en función del Dictamen Técnico Facultativo (DTF) que deberá anexar a su solicitud. Todo ello, de acuerdo con la Orden PRE/822/2006.

El DTF es un informe técnico emitido por los Órganos Técnicos de Valoración del Grado de Discapacidad (Dirección Provincial del IMSERSO u órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma) que propone la declaración y calificación de la situación de discapacidad de la persona.

Por lo que, en el dictamen debe constar su grado de discapacidad y la discapacidad/es que tenga reconocidas. Si no lo localiza, deberá acudir a su correspondiente Centro Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de su CCAA.